Reforma al Código Civil de Nuevo León: nuevas reglas para arrendamiento de fincas urbanas.
Artículo por Sofía Naya Garza
El Congreso del Estado de Nuevo León aprobó una reforma relevante al Código Civil para el Estado de Nuevo León en materia de arrendamiento de fincas urbanas, introduciendo nuevas obligaciones y límites para arrendadores y arrendatarios.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 2346, los arrendadores ahora están obligados a entregar un recibo por cada mensualidad de renta pagada. En caso de que durante tres meses no se entreguen éstos, se presumirá que la renta ha sido pagada, salvo que se haya realizado oportunamente el requerimiento correspondiente para reclamar el pago.
Este artículo precisa además que el depósito en garantía que el arrendador exija al arrendatario para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, no podrá exceder el equivalente a una mensualidad de renta.
Por su parte, el artículo 2346 BIS establece que, en arrendamientos con destino habitacional, la duración del contrato será de seis meses, prorrogable por acuerdo entre las partes. Además, la renta deberá fijarse en moneda nacional, y los incrementos no podrán exceder el 10% de la renta mensual vigente. Si se pacta un incremento superior, se deberá celebrar un nuevo contrato.
Estas modificaciones reflejan la intención del legislador de establecer reglas más claras en materia de arrendamiento. En consecuencia, los nuevos contratos de arrendamiento que se celebren en Nuevo León deberán sujetarse a las disposiciones previstas en este nuevo marco legal.
Reforma al Código Civil de Nuevo León: nuevas reglas para arrendamiento de fincas urbanas.
Derivadas de las reformas a los artículos 2346 y 2346 BIS del Código Civil, se introducen las siguientes modificaciones:
- El arrendador deberá entregar recibos mensuales de renta.
- Si no los entrega durante tres meses, se presume el pago.
- El depósito en garantía no podrá exceder una mensualidad de renta.
- En arrendamientos habitacionales, la duración será de 6 meses, prorrogable.
- La renta deberá fijarse en moneda nacional.
- Los aumentos no podrán exceder el 10%; si superan el límite, deberá firmarse un nuevo contrato.
El 26 de septiembre de 2025 se publicó el Decreto No. 107, que incluye una reforma el Código Civil de Nuevo León en materia de arrendamiento de fincas urbanas.
Conforme a su artículo primero transitorio, el Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, es decir, el pasado lunes 28 de septiembre de 2025.
Aquí una nota respecto de las principales implicaciones y cambios que introduce esta reforma en materia de arrendamiento de fincas urbanas.
